Micelio

Artículo 2

° Créase El Puesto De Inspector Jefe Del Resguardo Del Referido Puerto, Quien Dependerá Da La Aduana De Cartagena, Con La Asignación Mensual De $ 120 Oro

Decreto 37 de 1910 · Por el cual se habilita un puerto y se establece un empleo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase el puesto de Inspector Jefe del Resguardo del referido puerto, quien dependerá da la Aduana de Cartagena, con la asignación mensual de $ 120 oro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 37 de 1910