Micelio

Artículo 1

Aplicar Provisionalmente El Acuerdo De Complementación Económica Número 72, Que Figura Como Anexo I Del Presente Decreto, Entre Colombia Y Aquellas Partes Signatarias Que Comuniquen A La Secretaría General De La Aladi El Cumplimiento De Las Formalidades Para Su Incorporación A La Legislación Interna En Los Términos De Su Artículo 43

Decreto 2111 de 2017 · Por el cual se da aplicación provisional al Acuerdo de Complementación Económica suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur, y el Gobierno de la República de Colombia, en la ciudad de Mendoza de la República Argentina el 21 de julio de 2017.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aplicar provisionalmente el Acuerdo de Complementación Económica número 72, que figura como Anexo I del presente decreto, entre Colombia y aquellas Partes Signatarias que comuniquen a la Secretaría General de la ALADI el cumplimiento de las formalidades para su incorporación a la legislación interna en los términos de su artículo 43.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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