Micelio

Artículo 12

La Superintendencia Bancaria, De Acuerdo Con Lo Previsto En La Ley Para Tales Efectos, Vigilará El Cumplimiento Por Parte De Las Entidades Integrantes Del Sistema Nacional De Crédito Agropecuario, De Las Normas Que En Desarrollo De Sus Funciones Expida La Comisión Nacional De Crédito Agropecuario

Decreto 1313 de 1990 · por el cual se organiza la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, creada por la Ley 16 de 1990, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia Bancaria, de acuerdo con lo previsto en la ley para tales efectos, vigilará el cumplimiento por parte de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, de las normas que en desarrollo de sus funciones expida la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1313 de 1990