Micelio

Artículo 14

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de la denuncia. La denuncia se hará bajo juramento, verbalmente o por escrito, y contendrá una relación sucinta de los hechos, con todos los pormenores que conozca el denunciante. Podrá presentarse también por medio de apoderado especial.

La denuncia escrita, firmada por el denunciante, debe presentarse personalmente. De la presentación, tanto de la denuncia escrita como de la verbal, se extenderá un acta que suscribirán, el denunciante, el funcionario que la reciba y su secretario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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