Micelio

Artículo 3

Ley 19 de 1919 · “Por la cual se imponen ciertas obligaciones a algunas Corporaciones y empleados públicos”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dos meses antes de la reunión del Congreso, en sesiones ordinarias, estarán discutidos y acordados los informes de que trata el artículo 1º con el objeto de que sean entregados a las Cámaras Legislativas dentro del primer mes de sus sesiones. La Corte y los Tribunales adoptarán las disposiciones reglamentarias que estimen pertinentes para la eficaz realización del objetivo contemplado en el artículo 1º.

El Procurador General de la Nación y los Fiscales de los Tribunales velarán por el estricto cumplimiento de las disposiciones de este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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