° Traslado entre carreras especiales. Por necesidades del Servicio los funcionarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Aduanas- pertenecientes a la Carrera Aduanera y los de la Unidad Administrativa Especial -Dirección de Impuestos Nacionales, pertenecientes a la Carrera Tributaria podrán ser trasladados o permutados de un organismo a otro conservando los derechos de carrera y adquiriendo automáticamente los beneficios y las garantías de la Carrera Especial vigente en la entidad a la cual fueren trasladados o permutados.
Decreto 341 de 1992 →Vigente
Artículo 1
Traslado Entre Carreras Especiales
Decreto 341 de 1992 · por el cual se reglamentan los traslados y las permutas entre las Carreras Tributaria y Aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.