Secretaría Técnica del Comité Técnico de Seguimiento. La secretaría técnica del Comité Técnico de Seguimiento será ejercida por la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del Departamento Nacional de Planeación (DNP), que estará encargada de:
Citar a las reuniones de seguimiento.
Llevar las actas de dichas reuniones.
Distribuir los productos que surjan de la evaluación entre los integrantes del Comité Técnico de Seguimiento.
Recibir los comentarios a los informes o productos de la evaluación que hagan los otros miembros del Comité Técnico de Seguimiento, consolidarlos, depurarlos y darles el tratamiento respectivo.
Mantener informados a los integrantes del Comité Técnico de Seguimiento sobre el desarrollo de la evaluación.
(Decreto 1290 de 2014, artículo 34)