Micelio

Artículo 9

Modifícase El Artículo 53 Del Decreto 2458 De 1997, El Cual Quedará Así: "artículo 53

Decreto 1366 de 2000 · por el cual se modifica el Decreto 2458 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el artículo 53 del Decreto 2458 de 1997, el cual quedará así: "Artículo 53. De las solicitudes para ampliaciones y modificaciones de las características técnicas esenciales de la red. Toda ampliación, modificación o ensanche de las características técnicas esenciales de la red de telecomunicaciones autorizada, destinada a la prestación de servicio o al ejercicio de actividades de telecomunicaciones con utilización de sistemas de radiomensajes, requiere autorización previa y expresa del Ministerio de Comunicaciones. Estas autorizaciones formarán parte integral del título habilitante y requerirá de modificación del acto administrativo por el cual se otorgó la concesión. Las ampliaciones de canales de frecuencia se otorgarán a los titulares, dentro de la banda autorizada y dentro de la misma área de servicio, de acuerdo con las condiciones que determine el Ministerio de Comunicaciones.

Parágrafo

Cuando las condiciones de demanda de frecuencias para determinada banda o zona geográfica sobrepasen ostensiblemente la disponibilidad de frecuencias, las peticiones o solicitudes a las que se refiere el presente artículo se someterán al principio de selección objetiva en los términos y condiciones señalados en la Ley 80 de 1993 y lo previsto en el presente decreto".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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