°. En el evento que puedan concluirse las actividades propias de la liquidación antes del término señalado en el artículo 1° del presente decreto, el Liquidador del Fondo Nacional de Regalías, podrá expedir el acto administrativo de liquidación por el cual se pondrá fin a la existencia jurídica de dicho Fondo.
Decreto 1912 de 2014 →Vigente
Artículo 3
En El Evento Que Puedan Concluirse Las Actividades Propias De La Liquidación Antes Del Término Señalado En El Artículo 1° Del Presente Decreto, El Liquidador Del Fondo Nacional De Regalías, Podrá Expedir El Acto Administrativo De Liquidación Por El Cual Se Pondrá Fin A La Existencia Jurídica De Dicho Fondo
Decreto 1912 de 2014 · por el cual se prorroga el plazo de liquidación del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.