Micelio

Artículo 6

Concédese La Licencia De Treinta Días Renunciables Que Solicita La Señora Elena De Gutiérrez, Para Separarse Del Puesto De Administradora De Correos De Guaduas (Cundinamarca); Y Nómbrase En Su Reemplazo, Durante La Licencia Bajo Su Responsabilidad, A La Señorita María Luisa Sardaña

Decreto 746 de 1921 · Por el cual se separa el servicio de correos del de Telégrafos en algunas poblaciones, se declara insubsistente un nombramiento, se prorroga una licencia y se conceden otras, se aceptan unas renuncias, se aprueba un Decreto y se hacen unos nombramientos en el ramo de Correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Concédese la licencia de treinta días renunciables que solicita la señora Elena de Gutiérrez, para separarse del puesto de Administradora de Correos de Guaduas (Cundinamarca); y nómbrase en su reemplazo, durante la licencia bajo su responsabilidad, a la señorita María Luisa Sardaña.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 746 de 1921