Micelio

Artículo 31

Decreto 605 de 1994 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 de 29 de noviembre de 1993 de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán Sarmiento" que adopta los estatutos y el marco interno de funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Secretaría General es una unidad de apoyo de la Dirección General encargada de vigilar la calidad y oportunidad de la información interna; emitir conceptos, hacer consultas y revisar contratos, procurando que las acciones del Director y de todos los funcionarios se ajusten a las normas vigentes; así como atender con oportunidad y eficacia las necesidades de recursos humanos, físicos y financieros que demanden las diferentes áreas del Instituto, procurando implementar los controles adecuados para racionalizar el gasto, y proponer, coordinar y supervisar la ejecución del portafolio de inversiones que garantice una óptima rentabilidad, para lo cual ejercerá las siguientes funciones

a)

Dirigir, organizar, coordinar y controlar las actividades de las dependencias a su cargo;

b)

Coordinar, de conformidad con las instrucciones del Director General, el manejo interno del Instituto en todo lo relativo a la gestión, la administración y la operación; informar permanentemente sobre el despacho de los diversos asuntos y sobre el estado de ejecución de los proyectos, planes y programas a cargo de todas y cada una de las dependencias.

c)

Llevar la representación de la Dirección General cuando ésta lo determine, en los actos de carácter administrativo;

d)

Ejercer la Secretaría de las juntas, comités o comisiones que se le indique, elaborar las actas respectivas, autenticar con su firma las que requieran esta formalidad y llevar los correspondientes libros, así como comunicar las decisiones tomadas en estas instancias y colaborar con la Dirección General en la vigilancia de su cumplimiento;

e)

Elaborar y revisar los proyectos de acuerdo, resoluciones y demás documentos que deban someterse a la consideración de la Junta Directiva o del Director General, verificando su concordancia con las distintas normas vigentes sobre el particular;

f)

Refrendar con su firma los actos de la Junta Directiva y del Director General que requieran esta formalidad;

g)

Suministrar las copias auténticas de documentos del Instituto que sean solicitadas, de conformidad con la reglamentación que sobre el particular se expida;

h)

Asesorar a la Junta Directiva, a la Dirección General y a todas las dependencias en los diversos campos de la actividad jurídica en cumplimiento de las leyes y demás disposiciones que interesan al quehacer del Instituto y para soportar sus decisiones;

i)

Emitir los conceptos jurídicos que le sean solicitados respecto a las actuaciones del Instituto, tales como: pliegos de condiciones, contratos, convenios, acuerdos, aspectos laborales y demás documentos que constituyen obligaciones a cargo del Instituto; así mismo sobre las leyes, decretos y resoluciones que deba ejecutar el Instituto;

j)

Proyectar los contratos que ordene la Dirección General, coordinar su firma y perfeccionamiento y supervisar el estricto cumplimiento de los mismos;

k)

Atender los poderes conferidos por el Director General en asuntos laborales, civiles, penales, administrativos o de policía en que sea parte el Instituto e informar permanentemente a aquél sobre el desarrollo de los mismos:

l)

Servir de coordinador entre el Director General y los apoderados judiciales o extrajudiciales que presten sus servicios al Instituto y colaborar con aquél y éstos en la defensa de los intereses de la entidad;

m)

Colaborar con las distintas dependencias en la elaboración de los pliegos de condiciones para las licitaciones o invitaciones que vaya a llevar a cabo el instituto, así como en la evaluación de las propuestas;

n)

Estudiar, recopilar y clasificar todas las disposiciones legales en materia de investigación científica, educación y comunicación, así como sobre diversos aspectos que sean de utilidad e interés para las diversas gestiones del Instituto y proporcionar las informaciones y conceptos que le sean solicitados sobre el particular;

o)

Mantener estrechas relaciones con todas las dependencias del Instituto a fin de conocer sus necesidades y expectativas y poder colaborar con ellas en la oportuna provisión de los recursos que requieran para el cumplimiento de sus objetivos, funciones y actividades;

p)

Autorizar los gastos en las cuantías y por los conceptos que las normas sobre el particular establezcan, de conformidad con la delegación de la Junta Directiva o de la Dirección General;

q)

Elaborar y proponer a la Dirección General sistemas adecuados de reglamentación interna de trabajo, régimen de carrera administrativa, desarrollo de sistemas de promoción, escalafón, salarios, prestaciones legales y extralegales, calificación y evaluación de méritos, régimen disciplinario, registro y control de personal, y demás normas necesarias para la adecuada administración de personal;

r)

Implantar y ejecutar sistemas internos de control para la ejecución presupuestal, aspectos contables y manejo de fondos, de conformidad con las normas fiscales vigentes;

s)

Informar periódicamente a los responsables de cada área sobre la ejecución presupuestal correspondiente, y hacer las recomendaciones a que hubiere lugar;

t)

Proponer a la Dirección General, con base en estudios, las inversiones de capital más aconsejables para la conveniencia del Instituto;

u)

Diseñar, ejecutar, controlar y evaluar sistemas de administración y control de los recursos económicos y financieros de la entidad, y adelantar todas las gestiones necesarias para el oportuno recaudo y pago de cuentas del Instituto por todo concepto;

v)

Proponer las políticas sobre calidad y manejo de la información institucional y diseñar mecanismos que garanticen la integridad y seguridad de la misma;

w)

Determinar y coordinar con las Subdirecciones, las prioridades, pautas y mecanismos para el diseño, análisis, programación y procesamiento de la información, en concordancia con las políticas de sistematización que se establezcan en el Instituto;

x)

Propender por la utilización de sistemas de información gerencial adecuados, que permitan la eficiencia en las comunicaciones internas con redes nacionales e internacionales;

y)

Elaborar y rendir los informes requeridos;

z)

Las demás que le asigne o delegue la Dirección General y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 605 de 1994