Micelio

Artículo 5

El Ministro De Instrucción Pública Se Entenderá Con Los Rectores De Los Colegios Que Tienen Contrato O Acuerdo Especial Celebrado Con El Gobierno, Para Acordar Lo Conveniente Al Cumplimiento De Este Decreto, En Cuanto A Él Puedo Oponerse A Lo Estatuido En Dicho Contratos O Acuerdos

Decreto 1616 de 1923 · Por el cual se adiciona el Decreto número 1601, que fija condiciones para expedir diplomas de bachiller

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministro de Instrucción Pública se entenderá con los Rectores de los Colegios que tienen contrato o acuerdo especial celebrado con el Gobierno, para acordar lo conveniente al cumplimiento de este Decreto, en cuanto a él puedo oponerse a lo estatuido en dicho contratos o acuerdos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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