Micelio

Artículo 10

La "medalla De Servicios" Para Los Suboficiales, Agentes Y Personal No Uniformado De Determinada Categoría, Tendrá Las Siguientes Características: Constará De La Estrella De La Policía Bordeada En Sus Puntas Con Una Corona De Laurel, Que Sostiene Un Cóndor Con Las Alas Abiertas

Decreto 992 de 1977 · Por el cual se adiciona al Decreto número 3160 de 1959, y se dictan otras disposiciones sobre la creación de la Medalla de los Servicios, para la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La "Medalla de Servicios" para los Suboficiales, Agentes y personal no uniformado de determinada categoría, tendrá las siguientes características: Constará de la Estrella de la Policía bordeada en sus puntas con una corona de laurel, que sostiene un cóndor con las alas abiertas. Sus dimensiones serán de 27 mm. de diámetro; el cóndor proporcionado a éstas especificaciones, llevará en sus garras una argolla a la cual irá asida una cinta del mismo color de la señalada en el Artículo 9, de 35 mm. de largo, por 25 mm. de ancho, en cuyo extremo superior llevará un gancho metálico para sujetar la joya al Uniforme. Al anverso de la medalla llevará la leyenda: "Medalla de Servicios".

Parágrafo

La "Medalla de Servicios" clase 30 años, para Suboficiales, Agentes y personal no uniformado en la misma categoría, será en oro mate.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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