Micelio

Artículo 6

Funciones De La Presidencia De La Comisión Asesora Del Ministerio De Educación Nacional Para La Enseñanza De La Historia De Colombia

Decreto 1660 de 2019 · por el cual se reglamenta la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la Historia de Colombia, y se adiciona un artículo al Título 3, Parte 1, Libro 1 del Decreto número 1075 de 2015.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Presidencia de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la historia de Colombia . Son funciones del Presidente (a) de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la historia de Colombia, las siguientes

1.

Ser el vocero (a) público de la Comisión Asesora.

2.

Dirigir y coordinar las actividades conducentes al cumplimiento del objetivo de la Comisión Asesora.

3.

Presidir las sesiones, señalar el orden del día y dirigir los debates de acuerdo con lo establecido en el presente decreto y con el reglamento interno.

4.

Emitir las recomendaciones, en nombre de la Comisión Asesora, para ser pre­sentadas al Ministerio de Educación Nacional.

5.

Solicitar por conducto de la Secretaría Técnica de la Comisión Asesora, la con­vocatoria a las sesiones que se requieran.

6.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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