Micelio

Artículo 2.3.2.5.1.7

Enfoques

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Enfoques. Para su implementación y funcionamiento, el Sistema Nacional de Reincorporación se regirá por los enfoques concertados en las Mesas Técnicas del Consejo Nacional de Reincorporación, reconociendo las diversidades e interseccionalidad, y que para efectos de la aplicación del presente decreto se definen a continuación

1.

Enfoque de derechos : Según el Acuerdo Final de Paz en virtud de este enfo¬que, “La implementación de todos los acuerdos alcanzados debe contribuir a la protección y la garantía del goce efectivo de los derechos de todos y todas. Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por igual, lo que significa que les pertenecen por el hecho de serlo, y en consecuencia, su recono-cimiento no es una concesión, ya que son universales, imperativos indivisibles e interdependientes y deben ser considerados en forma global y de manera justa y equitativa. En consecuencia, el Estado tiene el deber de promover y proteger todos los derechos y las libertades fundamentales, sin discriminación alguna, respetando el principio pro homine, y todos los ciudadanos el deber de no violar los derechos humanos de sus conciudadanos, atendiendo los principios de uni¬versalidad, igualdad y progresividad”.

2.

Enfoque de género: Según el Acuerdo Final de Paz, en virtud de este enfoque se hace un “reconocimiento de las mujeres como ciudadanas autónomas, sujetos de derechos que, independientemente de su estado civil, relación familiar o co-munitaria, tienen acceso en condiciones de igualdad con respecto a los hombres, a la propiedad de la tierra y proyectos productivos, opciones de financiamien¬to, infraestructura, servicios técnicos y formación, entre otros; atendiendo las condiciones sociales e institucionales que han impedido a las mujeres acceder a activos productivos y bienes públicos y sociales. Este reconocimiento implica la adopción de medidas específicas en la planeación, ejecución y seguimiento a los planes y programas contemplados en este acuerdo para que se implementen teniendo en cuenta las necesidades específicas y condiciones diferenciales de las mujeres, de acuerdo con su ciclo vital, afectaciones y necesidades”.

3.

Enfoque territorial: Según el Acuerdo Final de Paz, en virtud de este enfoque “supone reconocer y tener en cuenta las necesidades, características y particu-laridades económicas, culturales y sociales de los territorios y las comunidades, garantizando la sostenibilidad socio-ambiental; y procurar implementar las di-ferentes medidas de manera integral y coordinada, con la participación activa de la ciudadanía. La implementación se hará desde las regiones y territorios y con la participación de las autoridades territoriales y los diferentes sectores de la sociedad”.

4.

Enfoque étnico: De acuerdo con la Política Nacional para la Reincorporación Social y Económica de Exintegrantes de las FARC-EP, contenida en el Docu¬mento Conpes 3931 de 2018, este enfoque “consiste en el conjunto de medidas y acciones que permiten dar un trato diferenciado a las personas que se autorre¬conocen como pertenecientes a un grupo étnico, en aras de garantizar el acceso a las oportunidades ofrecidas por el proceso de reincorporación en condiciones de equidad, al igual que el restablecimiento de los derechos de sus familias y el grupo étnico al que pertenecen. Al respecto, el catálogo de garantías y derechos étnicos en Colombia, decantado a través de la jurisprudencia constitucional, establece que los pueblos, grupos y comunidades étnicas cuentan con derechos plenamente determinables”

5.

Enfoque de Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas: Este enfoque reconoce que las personas firmantes de paz con orientaciones sexuales e identidades de género diversas enfrentan discriminación, estigmatización y si-tuaciones de riesgo durante su proceso de reincorporación a la vida civil, estas dificultades afectan su desarrollo individual como colectivo. Es así como este enfoque busca eliminar las brechas de desigualdad causadas por la imposición de patrones establecidos en las relaciones de poder basadas en la heteronormati¬vidad, que obstaculizan el pleno disfrute de sus derechos.

6.

Enfoque de curso de vida -infancia, niñez, adolescencia, persona mayor-: Este enfoque corresponde a una mirada a los distintos momentos del curso de la vida que permiten identificar y reconocer las distintas características, capacida¬des y necesidades del desarrollo humano; así mismo, pone en evidencia la impor¬tancia de brindar atención diferencial a las personas de acuerdo con el momento vital en el que se encuentran, a partir de un análisis de las relaciones entre la trayectoria, las transiciones, los momentos significativos, la experiencia acumu¬lativa y las ventanas de oportunidad.

7.

Enfoque de discapacidad: Este enfoque corresponde a la implementación de medidas y ajustes razonables para que las personas con discapacidad al interac¬tuar con barreras puedan ejercer su participación de forma plena y efectiva, en la sociedad, en igualdad de condiciones.

8.

Enfoque Comunitario: Este enfoque constituye un aspecto fundamental en la reincorporación, a partir del cual se espera contribuir a la garantía de dere¬chos sociales, económicos y culturales, para la construcción de la paz territorial, mediante un proceso de agenciamiento desde las capacidades e intereses inter-personales, colectivos y comunitarios, que permitan generar sinergias entre los diferentes actores sociales, comunitarios e institucionales, a partir de dinámicas ciudadanas, participativas y democráticas.

9.

Enfoque ambiental para el buen vivir: Este enfoque plantea la redefinición de alternativas frente a las relaciones sociales y ambientales, ubicando la naturaleza como la base común de la vida, proponiendo escenarios de coexistencia e inter-dependencia, integrando a las personas, la biodiversidad, los ecosistemas y las relaciones territoriales.

10.

Enfoque de reincorporación Colectiva: Este enfoque se desarrolla a partir de las particularidades de la reincorporación, y de la necesidad de avanzar en la comprensión del concepto de lo colectivo, el cual, más allá de constituirse como una agrupación de individuos o un partido político, es una construcción social, que supera la dimensión territorial, y está fundamentada en una identidad com¬partida en la que sus miembros se cohesionan, y construyen sentido de pertenen¬cia, alrededor de una serie de experiencias, símbolos, causas, valores, objetivos e intereses comunes enfocados hacia el logro de un fin determinado, al que cada individuo contribuye mediante su esfuerzo personal.

11.

Enfoque de Seguridad Humana: Este enfoque promueve la garantía de la dig-nidad humana, el ejercicio de las libertades y el desarrollo de las capacidades necesarias para que las personas y colectivos en reincorporación puedan llevar a cabo su plan de vida, enfatizando el papel del Estado como garante de oportuni-dades de desarrollo a partir de la generación de condiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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