El Servicio Forestal Nacional, estará conformado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables, INDERENA, las Corporaciones Autónomas Regionales y las demás entidades nacionales, departamentales o municipales que tengan competencia para manejar y administrar recursos naturales renovables.
La coordinación del Servicio Forestal Nacional estará a cargo del Ministerio de Agricultura, el que podrá delegar, cuando así lo estime necesario, en las Secretarías de Agricultura correspondientes.
El Gobierno Nacional estructurará el funcionamiento de esa coordinación y de los fondos destinados al Servicio Forestal Nacional.