Artículo segundo. El Gobierno Nacional invertirá, por conducto de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00), que destina la Nación a la realización de la empresa de colonización de que trata este Decreto.
Decreto 261 de 1957 →Vigente
Artículo 2
Decreto 261 de 1957 · Por el cual se organiza un centro de colonización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.