Como organismo para el fomento de la educación superior el Instituto podrá además desarrollar programas y actividades previamente autorizados por la Junta Directiva, tales como:
Organizar y prestar servicios de documentación, información y bibliografía;
Prestar asistencia técnica y fomentar las bibliotecas universitarias principalmente a través de la coordinación de la red nacional de éstas;
Prestar asistencia técnica en la organización y manejo de los archivos universitarios y adelantar programas de fomento en este campo;
Prestar asistencia técnica a las instituciones de educación superior en equipamiento y otros recursos educativos y adelantar programas de fomento en dicho campo;
Adelantar y promover programas de capacitación y perfeccionamiento de personal docente para los institutos de educación superior;
Prestar asistencia técnica y adelantar programas tendientes al mejoramiento de los institutos docentes de educación superior;
Adelantar estudios básicos y generales para el planeamiento de la educación superior y coordinar y asistir las actividades de planeación de los institutos docentes de educación superior;
Coordinar proyectos con cooperación técnica internacional se adelanten en la educación superior o en sus institutos docentes.