A partir de la vigencia de la presente Ley, no se podrá conceder licencia para el ejercicio de la homeopatía, sino a las personas que obtengan un titulo en una institución o Facultad cuyo pensum haya sido aprobado por el Poder Ejecutivo y cuyo funcionamiento esté permanentemente vigilado por representantes del Gobierno. El Poder Ejecutivo determinará los elementos que deba tener la institución o Facultad y las materias que deban constituir el pensum a que se refiere este artículo.
Ley 67 de 1935 →Vigente
Artículo 11
Ley 67 de 1935 · Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de medicina y cirugía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.