º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 5
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
Decreto 1782 de 1984 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos creditos adicionales en el Presupuesto de Gastos (Departamento Nacional de Planeación, Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Desarrollo Económico, Educación Nacional y Obras Públicas y Transporte), en la vigencia fiscal de 1984, por valor de seis mil quinientos diez y nueve millones docientos veintiún mil noventa y seis pesos con 37/100 ( 6.519.221.096.37) y se efectúan unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia (Congreso Nacional, Departamento Administrativo de Seguridad, Ministerios de Desarrollo Económico, Trabajo y Seguridad Social, Educación Nacional y Obras Públicas y Transporte), por valor de trescientos noventa y siete millones ochocientos veinte mil pesos ($ 397.820.000.00)
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.