Micelio

Artículo 5

Ley 76 de 1938 · por la cual se hace un traslado y se abren varios créditos adicionales en el Presupuesto de la vigencia actual.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Respaldado en el producto de la venta de los elementos y zonas del Ferrocarril Esmeralda - Tescua, de que trata la Ley 117, ábrase un crédito adicional al Presupuesto de la actual vigencia, con la siguiente imputación:

PRESUPUESTO DE GASTOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Artículo 554 A. Para la construcción de la carrretera que debe unir la de Salazar-Arboledas con la de

Parágrafo

El Gobierno Nacional podrá abrir los créditos adicionales que fueren del caso, si el producido de los bienes y enseres del Ferrocarril Esmeralda-Tescua fuere mayor de $ 70,000.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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