Los Municipios no podrán establecer contribuciones de tránsito, no de otra clase, que entraben la libertar de industria y de comercio entre sí, ni entre las diversas Secciones en que queda dividido por esta Ley, procederá á verificar en ella las correcciones parciales necesarias á la mejor composición y administración de las nuevas entidades.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.