Del comité científico. El Comité Científico será designado por la Junta Directiva a propuesta del Director General. El Director General lo presidirá y estará integrado por personal del Instituto.
Son funciones del Comité Científico las siguientes:
Asistir al Director General en el diseño y ejecución de las políticas, planes y programas del Instituto y apoyar su presentación ante la Junta Directiva;
Asistir al Director General en la definición de las políticas de manejo de la información del Instituto;
Proponer metodologías, normas, patrones y estándares para el acopio de datos y el procesamiento, análisis y difusión de la información;
Velar por la pertinencia y calidad científica y técnica de los planes y programas del Instituto;
Velar por el seguimiento y disposición de mecanismos de evaluación y control de actividades e informar sobre ello al Director General;
Proponer las condiciones científicas y técnicas para la provisión de cargos en el Instituto;
Las demás funciones que le asignen la Junta Directiva y el Director General.
(Decreto 1277 de 1994, artículo 27)