º Los empleados oficiales de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia que al entrar a regir el decreto sobre su liquidación les faltaren tres (3) años o menos para cumplir los requisitos de la pensión de jubilación, tendrán derecho a ésta.
Decreto 1590 de 1989 →Vigente
Artículo 4
º Los Empleados Oficiales De La Empresa Ferrocarriles Nacionales De Colombia Que Al Entrar A Regir El Decreto Sobre Su Liquidación Les Faltaren Tres (3) Años O Menos Para Cumplir Los Requisitos De La Pensión De Jubilación, Tendrán Derecho A Ésta
Decreto 1590 de 1989 · Por el cual se establece un régimen de pensiones e indemnizaciones para la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.