Micelio

Artículo 4

º Los Empleados Oficiales De La Empresa Ferrocarriles Nacionales De Colombia Que Al Entrar A Regir El Decreto Sobre Su Liquidación Les Faltaren Tres (3) Años O Menos Para Cumplir Los Requisitos De La Pensión De Jubilación, Tendrán Derecho A Ésta

Decreto 1590 de 1989 · Por el cual se establece un régimen de pensiones e indemnizaciones para la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los empleados oficiales de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia que al entrar a regir el decreto sobre su liquidación les faltaren tres (3) años o menos para cumplir los requisitos de la pensión de jubilación, tendrán derecho a ésta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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