La notificación de la inscripción y de la actualización en la Carrera Administrativa se cumplirá con la anotación en el registro de Carrera.
La decisión del Consejo Superior de Carrera que niegue la inscripción o la actualización en el Registro Público de Carrera Administrativa se efectuará mediante resolución motivada, la cual se notificará personalmente al interesado, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Código Contencioso Administrativo.
Contra las anteriores decisiones procede el recurso de reposición el cual se interpondrá, presentará, tramitará y decidirá de acuerdo con lo dispuesto en el citado Código.