º. De la Institucionalización del Programa. De conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 375 de 1997, institúyase el programa de tarjeta joven en el Ministerio de Educación Nacional, Viceministerio de la Juventud, con una cobertura nacional. El Programa de Tarjeta Joven es el mecanismo que facilita a los jóvenes entre los 14 y los 26 años, el acceso a bienes y servicios ofrecidos por los establecimientos públicos o privados que se vinculen al programa.
Decreto 3107 de 1997 →Vigente
Artículo 1
De La Institucionalización Del Programa
Decreto 3107 de 1997 · por el cual se reglamenta el artículo 50 de la Ley 375 de 1997, se determina la forma de operación del programa tarjeta joven.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.