Actividades complementarias de las Entidades públicas nacionales y territoriales. En el marco del Sistema Nacional de Cooperación internacional las entidades públicas, nacionales y territoriales deberán adelantar las siguientes actividades.
a. Participar de las actividades y espacios de articulación convocados en el marco del Sistema.
b. Priorizar sus demandas y ofertas de cooperación internacional, alineados con la política exterior de país, el Plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo territoriales, y las prioridades en cooperación internacional definidas por cada Gobierno.
c. Asistir y hacer uso de las oportunidades de capacitación y apoyo técnico en materia de cooperación internacional.
d. Proporcionar a APC-Colombia dentro de los términos establecidos, la información sobre la Cooperación Internacional que gestiona y recibe cada sector de gobierno o territorio.
TEXTO CORRESPONDIENTE A