º. En armonía con lo previsto en el literal c) del articulo anterior, el Fondo de Promoción de Exportaciones podrá otorgar avales y otras garantías para la adquisición de equipo de transporte, de acuerdo con las condiciones que establezca su Junta Directiva.
PROEXPO podrá exigir toda clase de garantías de carácter real y personal al otorgar los avales a que se refiere el presente artículo y asimismo podrá hacerlas exigibles, de conformidad con las normas legales vigentes, pudiendo iniciar todas las acciones judiciales que fueren necesarias para hacer efectivas las garantías, aceptar daciones en pago, intervenir por derecho propio como acreedor en concordatos, juicios de quiebra, etc.