Micelio

Artículo 3

Decreto 578 de 1934 · Por el cual se ordena una emisión de monedas de plata y se dictan otras disposiciones relacionadas con la defensa nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º . El Banco de la República efectuará ventas de oro físico en el Exterior por las cantidades necesarias para que la diferencia entre el precio de venta de dicho oro y el valor en que lo tenga el Banco en sus libros alcance a cubrir el saldo que quede a cargo del Gobierno una vez abonadas las sumas provenientes de la acuñación de plata y de la venta de salinas, como se expresa en el articulo siguiente, destinación esta que el Gobierno y el Banco han acordado por tratarse de necesidades urgentes de la defensa nacional, lo cual se hará Constar en el contrato que se celebre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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