Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos De La Reserva Y Deducción De La Cuota Anual Por Concepto Del Pago De Futuras Pensiones De Jubilación, De Que Trata El Parágrafo Del Artículo 1º De La Ley 7ª De 1967, Se Tendrán En Cuenta Las Disposiciones Del Presente Decreto

Decreto 163 de 1972 · Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 4 de la Ley 7 de 1967

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para los efectos de la reserva y deducción de la cuota anual por concepto del pago de futuras pensiones de jubilación, de que trata el

Parágrafo

del artículo 1º de la Ley 7ª de 1967, se tendrán en cuenta las disposiciones del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 163 de 1972