Micelio

Artículo 4

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

Decreto 463 de 1998 · por el cual se fijan fechas para la elección de dignatarios de los organismos comunales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 1998. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Alfonso López Caballero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 463 de 1998