Micelio

Artículo 14

Maniobras De Entrenamiento

Decreto 1466 de 2004 · por el cual se reglamenta la Ley 658 del 14 de junio de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Maniobras de entrenamiento. Aprobadas las pruebas anteriores, el aspirante a piloto práctico, así como los pilotos prácticos por cambio de categoría y/ o de jurisdicción deberán llevar a cabo el número de maniobras requeridas para obtener la licencia en la categoría correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1466 de 2004