º. El representante y su suplente de la Confederación de Asociaciones de Padres de Familia - Copafa - serán elegidos por el Comité Ejecutivo para un período de cuatro (4) años. Dichos representante y su suplente deberán acreditar el título profesional en Sociología, Sicología o Comunicación Social, mediante fotocopia del diploma autenticado y debidamente registrado. Para efectos de acreditar el título profesional en otras ciencias sociales, tal calidad se probará mediante el correspondiente documento expedido conforme a la ley que regule la profesión.
Decreto 922 de 1991 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 922 de 1991 · por el cual se reglamenta la elección de los miembros de la Comisión Nacional para la Vigencia de la Televisión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.