Micelio

Artículo 28

Venta Anual De Bienes A Mercados Externos

Decreto 971 de 1993 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Zonas Francas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Venta anual de bienes a mercados externos. Las ventas anuales de bienes a mercados externos serán equivalentes al valor de las ventas al extranjero durante el año calendario. También se considerará como venta de bienes a mercados externos, el valor de las importaciones realizadas por personas domiciliadas o residenciadas en el resto del territorio aduanero nacional en ejecución de programas especiales de importación- exportación: Plan Vallejo. Así mismo se considerará como venta de bienes a mercados externos el valor de las importaciones realizadas por entidades oficiales en ejecución de contratos adjudicados mediante licitación pública internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 971 de 1993