Art. 8.° Créanse las siguientes plazas de empleados en el Distrito Judicial de Antioquia, á saber:
Un Magistrado más, dos Escribientes y un Portero en el Tribunal Superior del Distrito.
Un Jefe más de Sección en la Fiscalía del mismo Tribunal.
Un Juez más del crimen con su Secretario y un Escribiente para cada uno de los Circuitos de Amalfi, Marinilla y Sopetrán.
Un Portero para el Juzgado 3. ° del Circuito de Medellín en lo civil.
Dichos empleados empezarán a funcionar desde el día 1. ° de Marzo próximo y tendrán las mismas dotaciones, respectivamente, que las que de igual categoría existen hoy en el Departamento de Antioquia, con excepción de los Jueces de Medellín.