Micelio

Artículo 57

Los Pisos De Los Corrales Y Sus Correspondientes Mangas Deberán Construirse En Material Lavable, Impermeable, Resistente, Antideslizante; No Deberán Presentar Huecos, Baches O Deterioros Que Permitan La Acumulación De Líquidos Por Lo Cual Deben Tener Un Declive Del Medio Por Ciento (½%) Mínimo Hacia Las Canales De Desagüe

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pisos de los corrales y sus correspondientes mangas deberán construirse en material lavable, impermeable, resistente, antideslizante; no deberán presentar huecos, baches o deterioros que permitan la acumulación de líquidos por lo cual deben tener un declive del medio por ciento (½%) mínimo hacia las canales de desagüe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2278 de 1982