Micelio

Artículo 4

º Las Asignaciones Fijadas En Las Escalas Señaladas En Este Decreto Corresponde Exclusivamente A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo

Decreto 109 de 1985 · Por el cual se establecen escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y unidades Administrativas Especiales de orden nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las asignaciones fijadas en las escalas señaladas en este Decreto corresponde exclusivamente a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Por ningún motivo se crearán empleos cuya jornada de trabajo sea diferente a tiempo completo o medio tiempo. Para los efectos de este Decreto se entiende por empleos de medio tiempo los que tienen jornadas diaria de cuatro (4) horas. Los empleos de medio tiempo se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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