Micelio

Artículo 1

Ley 76 de 1882 · Por la cual se honra la memoria del señor doctor Manuel Ancízar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° La República deplora la muerte del doctor Manuel Ancízar, honra su memoria y recomienda al Pueblo colombiano la imitacion de las altas virtudes cívicas de que el ilustre finado dio constantes ejemplos en todos los actos de su vida pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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