ARTICULO 51. La División de Carrera Administrativa tiene las siguientes funciones
Proponer las normas, procedimientos e instrumentos de selección, calificación de servicios, clasificación, valoración y régimen disciplinario y demás mecanismos de organización y supervisión que garanticen óptima aplicación de la Carrera Administrativa en el Sistema de Salud;
Asistir técnicamente a las entidades del Sistema de Salud en la aplicación de la Carrera Administrativa;
Crear, mejorar y mantener mecanismos de coordinación intrasectorial e intersectorial con dependencias, organismos y entidades que desarrollen actividades propias de administración y desarrollo de la Carrera Administrativa;
Vigilar y controlar la aplicación de las normas de Carrera Administrativa en instituciones y organismos del Sistema de Salud;
Conceptuar sobre los instrumentos de administración de personal que las entidades territoriales sometan a consideración;
Elaborar y orientar la aplicación de la estructura de cargos, grados y puntajes;
Preparar, proponer y aplicar los proyectos de reglamentación del servicio social obligatorio y vigilar su cumplimiento. División de Desarrollo del Recurso Humano.