Micelio

Artículo 1

La Planta De Personal De Empleados Públicos De La Administradora Colombiana De Pensiones (Colpensiones), Será La Que Se Establece A Continuación: Número De Cargos Denominación Del Empleo Grado Uno (1) Presidente 3 Uno (1) Jefe De Oficina De Control Interno 2 Uno (1) Director De Cartera 1 Parágrafo

Decreto 310 de 2017 · por el cual se modifica la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Empresa Industrial y Comercial del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La planta de personal de empleados públicos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), será la que se establece a continuación: Número de Cargos Denominación del Empleo Grado Uno (1) Presidente 3 Uno (1) Jefe de Oficina de Control Interno 2 Uno (1) Director de Cartera 1

Parágrafo

La incorporación de los empleados públicos a los cargos de que trata el presente artículo se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 310 de 2017