Micelio

Artículo 5

Ley 65 de 1966 · Por la cual se reglamenta la profesión de Agente Colocador de Seguros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud de inscripción debe hacerse por escrito acompañada de la correspondiente Tarjeta de Registro en donde la compañía certificará sobre la nacionalidad del Agente, número y lugar de expedición de la cédula de ciudadanía; territorio en donde ejercerá sus funciones; la constancia de que el Agente es mayor de edad y ha recibido la instrucción necesaria en el ramo o ramos a que se refiere su nombramiento; el retrato, la firma autógrafa del interesado y su dirección permanente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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