Las partidas a que se refiere el artículo 2 de esta Ley constituyen aportes del Departamento y los Municipios del Meta anotados, en la proporción que determine el Gobierno Nacional, y no excluyen ni sustituyen aquellas con las cuales debe contribuír para las obras de electrificación el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, así como el Departamento.
Ley 102 de 1963 →Vigente
Artículo 5
Ley 102 de 1963 · Por la cual se otorga una autorización y se decreta un auxilio con destino a la electrificación de unas zonas en los Departamentos del Meta y de Cundinamarca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.