Ley 7 de 1969 · Por la cual la Nación atiende a la calamidad pública causada por los deslizamientos de tierra en la ciudad de Manizales, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Facúltase al Gobierno para aplicar las normas de esta Ley con el objeto de prestar auxilios a los damnificados por causa de calamidades públicas como la de Chiquinquirá y otras regiones del país en la forma y dentro de las condiciones que el mismo Gobierno reglamente.
Autorízase igualmente para realizar con el mismo objeto las operaciones presupuestales necesarias.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.