Micelio

Artículo 6

Decreto 1147 de 2001 · por el cual se expide el Reglamento del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales y afines.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Quórum . El Consejo podrá sesionar con la asistencia de tres (3) de sus integrantes y sus decisiones se adoptarán por mayoría de los votos de los asistentes, requiriéndose el voto favorable de un ministro o su representante, o del director del Icfes o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1147 de 2001