Micelio

Artículo 5

En El Caso De Que Aparezca Un Giro Que No Haya Sido Emitido Legalmente, Se Hará Efectivo Su Valor En Partes Proporcionales Al Sueldo Entre Los Jefes De Las Oficinas Telegráficas O Repetidoras Que No Comprueben, Con Documentos Fehacientes, Que El Hecho No Tuvo Lugar En Su Oficina Y Que Han Cumplido Estrictamente Las Disposiciones De Este Decreto

Decreto 953 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre giros postales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En el caso de que aparezca un giro que no haya sido emitido legalmente, se hará efectivo su valor en partes proporcionales al sueldo entre los Jefes de las Oficinas telegráficas o repetidoras que no comprueben, con documentos fehacientes, que el hecho no tuvo lugar en su oficina y que han cumplido estrictamente las disposiciones de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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