°. El empleo de Director General de Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) tendrá derecho a percibir prima técnica, sin carácter salarial, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su respectiva asignación básica mensual, en los mismos términos y condiciones señalados en el Decreto 1624 de 1991 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen. El Director General de Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) podrá optar por la prima técnica por estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, en los mismos términos y condiciones señalados en los Decretos 2164 de 1991, 1336 de 2003, 2177 de 2006 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. El cambio surtirá efecto una vez se expida por la autoridad competente el acto administrativo correspondiente.
Decreto 95 de 2010 →Vigente
Artículo 2
El Empleo De Director General De Unidad Administrativa Especial De La Agencia Nacional Del Espectro (Ane) Tendrá Derecho A Percibir Prima Técnica, Sin Carácter Salarial, Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De Su Respectiva Asignación Básica Mensual, En Los Mismos Términos Y Condiciones Señalados En El Decreto 1624 De 1991 Y Demás Disposiciones Que Lo Modifiquen O Adicionen
Decreto 95 de 2010 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.