Micelio

Artículo 9

Fase De Evaluación De La Capacidad Operacional

Decreto 1019 de 2015 · por el cual se dictan las disposiciones para implementar el “Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general”, suscrito el 7 de marzo de 2015 por el Gobierno nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fase de evaluación de la capacidad operacional . Por la naturaleza de este Proyecto Piloto, la evaluación de la capacidad operacional será realizada por la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal y la Inspección General de las Fuerzas Militares al personal entrenado por la Organización Civil de Desminado Humanitario para desarrollar las actividades para las cuales se solicita la acreditación. Esta evaluación verifica que cada una de las unidades de la Organización Civil de Desminado Humanitario ha sido entrenada y dotada para realizar las actividades de desminado humanitario, de manera idónea, segura, eficiente y eficaz, siguiendo los procedimientos operacionales aplicables al plan piloto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1019 de 2015