Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1892 de 1994 · por el cual se establece el Sistema de Selección, Nombramiento y el Régimen Especial de Salarios y Estímulos de los cargos de Directores de Hospitales Públicos o Gerentes de Empresas Sociales de Salud del Nivel Territorial y se adiciona el Decreto 1335 de 1990

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De las funciones. Son funciones del Director de Hospital Público o Gerente de Empresa Social de Salud de segundo o tercer nivel de atención, además de las definidas en el artículo 4º de este decreto, las siguientes

1.

Propiciar y desarrollar investigaciones científicas y tecnológicas con el fin de establecer las causas y soluciones a los problemas de salud en su área de influencia.

2.

Adelantar actividades de transferencia tecnológica y promover la realización de pasantías con el fin de ampliar los conocimientos científicos y tecnológicos de los funcionarios de las entidades hospitalarias.

3.

Participar y contribuir al desarrollo del sistema de red de urgencias en su área de influencia.

4.

Promocionar el concepto de gestión de calidad que implique contar con estrategias coherentes de desarrollo organizacional

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1892 de 1994