A la audiencia concurrirán las siguientes personas
El superior que la convocó, quien actuará como presidente.
Un asesor jurídico designado en el acto de la audiencia, a quien se dará posesión del cargo y quien podrá ser el Auditor de Guerra de la unidad o un Abogado de la institución.
El fiscal especial de la investigación.
Un vocero designado por el inculpado o en su defecto, nombrado de oficio, a quien se dará posesión de su cargo.
El inculpado.
Un secretario nombrado dentro de la misma audiencia, a quien se dará posesión y quien podrá ser oficial o suboficial, según el caso.