Articulo 1 ° En ejercicio de la autorización que a la Gobernación del Departamento Norte de Santander concede la Ley 42 de 1917 podrá dicha Gobernación abrir y conservar el camino nacional del Sarare, entre Pamplona y Arauca, por administración directa o delegada, sin necesidad de que se cumplan previamente las formalidades de la Ley 70 de 1916, referentes a estudios y planos definitivos; estas formalidades si serán indispensables para la ejecución de la obra por contrato.
Artículo 1
° En Ejercicio De La Autorización Que A La Gobernación Del Departamento Norte De Santander Concede La Ley 42 De 1917 Podrá Dicha Gobernación Abrir Y Conservar El Camino Nacional Del Sarare, Entre Pamplona Y Arauca, Por Administración Directa O Delegada, Sin Necesidad De Que Se Cumplan Previamente Las Formalidades De La Ley 70 De 1916, Referentes A Estudios Y Planos Definitivos; Estas Formalidades Si Serán Indispensables Para La Ejecución De La Obra Por Contrato
Decreto 17 de 1919 · Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.